COBERTURA FUNEBRE
Vigencia:Â desde FEBRERO 2015
Requisitos de cobertura: Ser socio activo de COOPROBIEN y estar al dĂa con sus obligaciones, y no poseer cobertura fĂșnebre por cualquier otra InstituciĂłn. PresentaciĂłn de la cĂ©dula de identidad del fallecido.(Beneficio para todas las franquicias de afiliaciĂłn)
PerĂodo de carencia de este beneficio serĂĄ el mes de afiliaciĂłn o reincorporaciĂłn mĂĄs los 6 (seis) meses siguientes, por lo tanto tendrĂĄn derecho a la cobertura fĂșnebre, el primer dĂa del sĂ©ptimo mes. Mes de reincorporaciĂłn incluye tambiĂ©n el mes en el cual, los socios con derechos suspendidos por incumplimiento de pagos, se ponen al dĂa con las obligaciones con la cooperativa.
InformaciĂłn verificada con el prestador del servicio, por consultas y solicitud de servicio comunicarse directamente con Abbate y CĂa. llamando al 26222032 â 24 hs. Todo el año. Â
El socio deberĂĄ estar al dĂa en el cumplimiento de todas sus obligaciones sociales, incluidas el pago de la cuota social y cuotas de amortizaciones de crĂ©ditos para poder hacer uso de cualquiera de los beneficios y coberturas sociales
CĂłmo solicitar el servicio:Â llamando al 26222032 las 24 hrs. del dĂa.
EMPRESA PRESTADORA DEL SERVICIO:
ABBATE Y CIA.
DIRECCION: TOMAS BAZAĂEZ 1275 â MONTEVIDEO
TELEFONO: 2622.20.32
EN EL INTERIOR:
Debe comunicarse con Abbate y CĂa. quiĂ©n prestarĂĄ el servicio en forma directa en aquellas localidades donde Abbate y CĂa. tenga salas velatorias o serĂĄ derivado a otras empresas en el resto del paĂs.
SERVICIO:
Sala velatoria, ataĂșd social, mortaja ,ĂĄlbum para firmas, capilla ardiente, furgĂłn para traslado, carroza fĂșnebre, menciĂłn radial o aviso en un ejemplar de periĂłdico, tres vehĂculos de acompañamiento, tramitaciĂłn del permiso de inhumaciĂłn (costo a cargo de los deudos), inscripciĂłn en las oficinas del Registro Civil, traslado a la morgue.
Exclusivamente para los asociados de Montevideo y Canelones, soluciĂłn locativa en Los Fresnos de Carrasco.
Los familiares de los afiliados con derecho a la prestaciĂłn del servicio, estarĂĄn facultados a requerir ampliaciones y mejoras del mismo, las que serĂĄn de cuenta y cargo exclusiva del solicitante.
Los traslados que hubiere necesidad de realizar fuera de los lĂmites de Montevideo o del interior de la RepĂșblica hacia la Capital, NO estĂĄn incluidos en el Servicio. (En caso de solicitarlos, serĂĄn de cuenta y cargo del solicitante).        Â